La batalla por el ascenso y descenso de Liga MX podría tener una contradicción jurídica dentro de las propias normas de la Federación Mexicana de Futbol.
El artículo 35 del Reglamento 2026-27 establece que, por acuerdo del Comité Ejecutivo, los equipos de Liga MX no descenderán y los de Expansión no ascenderán desde esta temporada, sin establecer cuándo regresará el mecanismo.
El problema aparece al revisar qué facultades tiene realmente ese Comité.
Los Estatutos de FMF hablan de modificar, no eliminar
El artículo 12 BIS del Estatuto Social reconoce a clubes de divisiones inferiores un derecho condicionado a “ascender automáticamente”. Paralelamente, el artículo 49.9 faculta al Comité Ejecutivo para “modificar el sistema de ascenso y descenso automático”.
La diferencia entre modificar y eliminar ya fue analizada por el TAS en 2020. En aquel laudo, el Tribunal consideró válida la suspensión porque estaba limitada a seis temporadas; además, distinguió una modificación temporal de una supresión permanente.
El permiso para suspenderlo terminó en 2025-26
Existe otra dificultad para la FMF. El TAS confirmó posteriormente que 2025-26 era la última temporada comprendida por aquella suspensión de seis años.
Por eso, la disposición de 2026 constituye un nuevo escenario jurídico: ya no está simplemente ejecutando el acuerdo temporal de 2020.
La discusión entonces cambia: ¿el Comité modificó el sistema o, al dejarlo sin fecha de regreso, lo eliminó de facto?
Esa pregunta podría convertirse en uno de los puntos centrales de la nueva batalla contra la FMF.
















